Introducción

AuthorJuan Damián Moreno
ProfessionCatedrático de Derecho Procesal, Universidad Autónoma de Madrid
Pages13-18

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La idea de presentar al lector estas reflexiones surgió a raíz de mi participación en un curso de formación organizado por el Centro de Estudios Judiciales que sobre el Ministerio Fiscal dirigió mi querido amigo LUIS Mª DÍEZPICAZO GIMÉNEZ, a quien le agradezco que me diera la oportunidad emprender la investigación en un tema de tanta relevancia. Hace tiempo que él indicó el camino a seguir en su trabajo sobre EL PODER DE ACUSAR (2000), que ha constituido para todos nosotros un incuestionable y autorizado punto de apoyo y un referente para cualquiera que pretenda abordar un trabajo de esta naturaleza.

La importancia del tema y la circunstancia de que haya sido la propia Fiscalía General del Estado quien haya resuelto aceptar el reto y retomar el pulso de la cuestión acerca del papel del Ministerio Fiscal en el proceso penal, probablemente no precise demasiadas explicaciones; es imaginable que obedezca, no sólo al hecho de ser una materia de indudable trascendencia desde un punto de vista doctrinal, ya que nadie puede negar que la configuración que haya de tener el Ministerio Fiscal y los principios a los que ha de ajustar su actuación constituye una de las cues-tiones que siguen siendo objeto de enormes controversias, sino también a la coincidencia en el tiempo con la constitución de la Comisión para la elaboración de una propuesta de un nuevo Código de Proceso Penal. El debate sobre la conveniencia de impulsar un cambio de modelo no es nuevo; está presente prácticamente desde la aprobación de la Constitución y ahora más que nunca se ha intensificado

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con motivo de la nueva propuesta, que persevera en la línea ya trazada en intentos anteriores.

En las actuales circunstancias, pensar en atribuir la dirección de la investigación al Ministerio Fiscal no parece que sea flor de heno, esto es, un debate tan perecedero y estéril como lo pudo ser hace años, aunque sí exige someterlo cuando menos a algunas cuestiones entre las cuales no es la menor la de definir los criterios que habrían de servir para tomar la decisión acusar, esto es, de proceder penal-mente contra el sospechoso de la comisión de un delito y, en consecuencia, de ejercitar la acción penal, una propuesta, por cierto, que ha suscitado (y aún suscita) opiniones encontradas: a la luz de este debate no cuesta imaginar lo refractarios que pueden llegar ser quienes se oponen a un cambio tal radical de nuestro actual sistema ni las razones porque las que lo hacen: ¿será...

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